preguntas frecuentes
P. 1.- En qué mesa tengo que votar.
R. Debe consultar la página web del Servicio Electoral. www.servel.cl
P 2.- A qué local de votación tengo que ir para votar.
R. Debe consultar la página web del Servicio Electoral. www.servel.cl
P. 3.- Cómo puedo saber si soy vocal de mesa.
R. Debe consultar la página web del Servicio Electoral. www.servel.cl
P. 4.- Dónde se paga por haber sido vocal de mesa.
R. Debe consultar la página web del Servicio Electoral. www.servel.cl
P. 5.- Cuál es la multa por no votar.
R. De acuerdo al artículo 139 de la Ley N° 18.700, el ciudadano que no votare será penado con una multa a beneficio municipal de media a tres unidades tributarias mensuales.
P. 6.- Cómo me excuso para no votar.
R. De acuerdo al artículo 139 inciso segundo de la Ley N° 18.700, no incurre en sanción de multa el individuo que haya dejado de cumplir su obligación de votar por enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día de la elección o plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquél en se encontrare inscrito o por otro impedimiento grave debidamente comprobado ante el juez competente.